Mediterránea de guisos

¡Tienes disponible un 10% de descuento en tu primer pedido! Pídelo aquí

Envíos a toda España (península) en 48/72 horas

Pedido mínimo a domicilio 40€ / Recogida en local GRATIS

646 440 590

Haga su pedido por teléfono

ENVÍO GRATUITO

Para compras superiores a 70€

CONTÁCTENOS

marketing@guisos.com

Filtros

TIPO DE PLATO

DIETA ESPECIAL

FORMATO

MODO DE CONSUMO

Etiquetas de los Alimentos: más completas, claras y útiles de consultar

Que los consumidores dispongan de más información y más garantías cuando compran cualquier alimento, es el objetivo que se pretende conseguir con las novedades en la normativa sobre el etiquetado de las bebidas y los alimentos elaborados envasados a nivel de toda la U.E.

Las compañías e industrias alimentarias han dispuesto de 5 años, desde 2014, para ir aplicando dicho Reglamento Europeo (R. 1169/2011) que ya es de obligado cumplimiento desde el pasado 13 de Diciembre de 2016.

Los puntos más importantes que deben aplicarse son los siguientes:

  1. Los gráficos e imágenes son únicamente explicativos. Los datos deben mostrarse en forma de cifras y letras para que se entiendan mejor.
  2. Es obligatorio utilizar un tamaño de letra de 1,2 milímetros o más. En los envases de menos de 80 centímetros, el tamaño podrá reducirse hasta los 0,9 milímetros para que resulte «visible, legible e indeleble».
  3. Con la finalidad de que el comprador tenga conocimiento expreso de lo que consume, se recogerá, en forma de tabla (siempre que las dimensiones del envase lo permitan), la siguiente información nutricional: «valor energético, grasas, grasas saturadas, hidratos de carbono, azúcares, proteínas y sal» por cada 100 g o 100 ml. En caso de que no hubiera espacio suficiente para recogerlo en formato tabla, se mostrarán los datos linealmente.
  4. Esta información obligatoria puede ser complementada de forma voluntaria con la que haga referencia a los » ácidos grasos monoinsaturados y poliinsaturados, polialcoholes, almidón, fibra alimentaria, vitaminas o minerales».
  5. En el caso de los alimentos no transformados, no envasados o que se envasan en el momento de la venta, únicamente será necesario señalar las sustancias alérgenas que formen parte de su composición.
  6. Para todas aquellas personas afectadas por intolerancias o alergias alimenticias, los alérgenos que estén presentes en la bebida o alimento procesado envasado deberán resaltarse mediante el uso de una tipografía, tono de color o estilo de letra distinto al resto.
  7. Es obligatorio mostrar la fecha de congelación o primera congelación en el caso de «carnes congeladas, preparados de carne congelados y productos de la pesca no transformados congelados.» También será obligatorio señalar en el etiquetado aquellos alimentos que han sido congelados y se ponen descongelados a la venta.
  8. Los aceites de origen vegetal pueden mostrarse agrupados entre los datos de la información nutricional como «grasas / aceites vegetales» con la salvedad de que la normativa estipula que se debe detallar la clase de aceites que contienen: girasol, coco, palma u oliva.
  9. La procedencia de los alimentos también deberá registrarse en el caso de «la carne fresca de cerdo, ovino, caprino y aves de corral» además de en «la carne fresca de vacuno, las frutas y las verduras, la miel y el aceite de oliva».
  10. Deben señalarse las proteínas animales añadidas a los productos cárnicos o elaborados con pescado.
  11. Si el alimento en cuestión (carne o pescado «con apariencia de corte, loncha, parte o canal» ) tiene agua añadida en una proporción mayor al 5% de su peso final se debe señalar en el etiquetado.
  12. Alimentos Elaborados envasados: Si se simula una única pieza pero se ha preparado a partir de varias, deberá destacarse la frase  «Elaborados a partir de piezas de carne/pescado».

Los consumidores pueden consultar toda esta información ampliada en el sitio web creado por la AECOSAN o Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición para comunicar todas estas novedades.

Deja un comentario